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Article 10

Ley 29 de 1959 · Por la cual se fomenta la repatriación de los capitales colombianos poseídos en el Exterior, se autoriza la emisión de bonos nacionales en moneda extranjera y se crea un Fondo de Desarrollo Económico

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los beneficiarios de créditos destinados a la importación tendrán derecho a pagar con certificados de cambio el monto del capital y los intereses en las fechas correspondientes, conforme al contrato de préstamo.

El impuesto que grava los giros al exterior se cubrirá, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, en el momento de hacer el pago al extranjero de los artículos importados. Cuando se trate de importaciones que requieren licencia previa, tamo necesita de la aprobación de la oficina encargada del otorgamiento de las licencias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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