° Dentro de las normas generales consignadas en los artículos 1358 a 1373 del Decreto 1418 de 1945, concédese franquicia postal para la correspondencia y valores declarados que expida el Gerente General o el Secretario General del Instituto Colombiano de Seguro Social, así como para los envíos de igual clase que despachen con destino al mencionado Instituto los Gerentes o Secretarios de las Cajas Seccionales dependientes del Instituto Colombiano de Seguros Sociales.
Article 1
Dentro De Las Normas Generales Consignadas En Los Artículos 1358 A 1373 Del Decreto 1418 De 1945, Concédese Franquicia Postal Para La Correspondencia Y Valores Declarados Que Expida El Gerente General O El Secretario General Del Instituto Colombiano De Seguro Social, Así Como Para Los Envíos De Igual Clase Que Despachen Con Destino Al Mencionado Instituto Los Gerentes O Secretarios De Las Cajas Seccionales Dependientes Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales
Decreto 2657 de 1948 · Por el cual se reglamenta el artículo 31, inciso a), de la Ley 90 de 1946
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