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Article 7

Decreto 3861 de 2005 · Por el cual se reglamenta el Consejo Profesional Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y Afines

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01

Text of the article

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º . Son funciones del Presidente del Consejo Profesional Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y Afines, además de las que se fijen en el reglamento interno, las siguientes

1.

Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo.

2.

Autorizar con su firma todos los acuerdos y documentos del Consejo.

3.

Realizar la convocatoria a elecciones de los miembros de acuerdo con el reglamento interno.

4.

Presentar los informes que haya lugar.

5.

Proponer al Consejo los proyectos que estime convenientes para el mejor funcionamiento, el logro de los objetivos y el cumplimiento de la ley.

6.

Mantener comunicación con los demás miembros del Consejo, con entidades similares y en general con aquellas instituciones con las cuales se tengan intereses comunes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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