El Instituto "Federico Lleras Acosta" estará destinado exclusivamente a las investigaciones relacionadas con la lepra, de conformidad con el Decreto 1649 de 1934 y para sus investigaciones en materia de lepra, dispondrá de la colaboración del personal médico de los leprosorios, dispensarios antileprosos y visitadurías departamentales. El Dispensario Antileproso de Cundinamarca continuará como dependencia técnica del Instituto ciñéndose a lo ordenado, por el Decreto 2078 de 1939, y a la Resolución 131 de 1934 del extinguido Departamento Nacional de Higiene.
Article 11
El Instituto "federico Lleras Acosta" Estará Destinado Exclusivamente A Las Investigaciones Relacionadas Con La Lepra, De Conformidad Con El Decreto 1649 De 1934 Y Para Sus Investigaciones En Materia De Lepra, Dispondrá De La Colaboración Del Personal Médico De Los Leprosorios, Dispensarios Antileprosos Y Visitadurías Departamentales
Decreto 1741 de 1942 · Por el cual se crea el Instituto Nacional de de Epidemiologia e Investigaciones Médicas, y se dictan otras disposiciones
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