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Article 1.6.5.2.4

Plazo De Implementación De Los Sistemas Informáticos

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las entidades emisoras de tarjetas crédito y débito, los recaudadores de efectivo a cargo de terceros y los demás agentes retenedores que recauden a través de cualquier otro medio de pago por estos servicios electrónicos o digitales, habilitarán el sistema de retención previsto el artículo anterior a más tardar el 1 de abril del 2020.

El agente de retención comenzará a practicar la retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas (IVA), a partir del quinto (5) día calendario de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la resolución expedida por parte del Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en donde determina que él o los prestadores de servicios desde el exterior se acogen voluntariamente al sistema alternativo de pago del impuesto a través de la retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas (IVA).

Parágrafo 1

o. Los agentes retenedores establecerán los protocolos y procedimiento que consideren necesarios para el cabal cumplimiento de la retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas (IVA) por los servicios electrónicos o digitales prestados desde el exterior.

Parágrafo 2

o. Cuando corresponda a la venta de tarjetas prepago por servicios electrónicos o digitales, la retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas (IVA) se continuará realizando a partir del primero (1) de enero del 2020 de conformidad con la Ley 2010 de 2019 en los mismos términos y condiciones que se aplicó para el año 2019 en vigencia de la Ley 1943 de 2018.

(Artículo 4o, Resolución 17 de 2020)

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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