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Article 2.5.3.10.16

Contenido De La Prescripción

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Contenido de la prescripción. La prescripción del medicamento deberá realizarse en un formato el cual debe contener, como mínimo, los siguientes datos cuando estos apliquen

1.

Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica.

2.

Lugar y fecha de la prescripción.

3.

Nombre del paciente y documento de identificación.

4.

Número de la historia clínica.

5.

Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro).

6.

Nombre del medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico).

7.

Concentración y forma farmacéutica.

8.

Vía de administración.

9.

Dosis y frecuencia de administración.

10.

Período de duración del tratamiento.

11.

Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras.

12.

Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.

13.

Vigencia de la prescripción.

14.

Nombre y firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional. (Artículo 17 del Decreto 2200 de 2005)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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