Conclusiones de la revisión o el examen . Dentro de los 2 meses siguientes al vencimiento del término de la práctica de pruebas, la autoridad investigadora, con base en las pruebas e información allegadas o en la mejor información disponible, elaborará un informe técnico con el cual dará por terminada la revisión o el examen previstos en el presente capítulo. El informe deberá contener las constataciones y las conclusiones sobre las cuestiones de hecho y de derecho pertinentes a que haya llegado. En el informe con el que se concluye la revisión o el examen se deberá presentar la recomendación de mantener, modificar o eliminar el derecho "antidumping" definitivo o la aceptación de los compromisos de precios. La Dirección de Comercio Exterior en el término señalado en este artículo, convocará al Comité de Prácticas Comerciales con el fin de presentar los resultados finales de la revisión o examen y que el mismo conceptúe sobre ellos. El término aquí señalado podrá prorrogarse por la Dirección de Comercio Exterior hasta en un mes, cuando este considere que circunstancias especiales así lo ameritan.
Decreto 2550 de 2010 →In force
Article 74
Decreto 2550 de 2010 · Por el cual se regula la aplicación de derechos "antidumping".
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.