JurídicoESEN

Article 46

Son Funciones De La Sección De Documentación: A) Recibir Y Radicar Los Memoriales Y Expedientes De Recursos De Competencia De La División; B) Verificar El Cumplimiento De Los Presupuestos Procesales Y Desechar Los Recursos Que No Los Cumplan, De Acuerdo Con El Decreto 1651 De 1961, El 3288 De 1963 Y El 3192 Y El 3193 De 1963 Y El Artículo 24 Del Decreto 2821 De 1974, Y Resolver Los Recursos De Reposición Interpuestos Contra Los Autos Respectivos Cuando Sea Procedente Confirmarlos; C) Repartir Los Expedientes A Las Secciones Respectivas De La División, De Acuerdo Con Los Programas Y Procedimientos Establecidos Por La División De Programación Y Control Y Supervisar El Movimiento De Dichos Expedientes; D) Llevar El Archivo Y Flujo De Documentos Conforme A Las Instrucciones Impartidas Por La Subdirección De Programación Y Desarrollo; E) Llevar Estadísticas De Entrada Y Salida De Documentos, Tiempos De Proceso Y Recuperación Y Las Demás Que Sean Necesarias Para Facilitar La Programación Y El Control; F) Notificar Las Providencias Dictadas Por La División De Recursos Tributarios De La Subdirección Jurídica, De Acuerdo Con La Ley, Y G) Informar A Los Contribuyentes O Apoderados Sobre El Estado De Sus Negocios Y Atender El Desglose De Documentos

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la Sección de Documentación

a)

Recibir y radicar los memoriales y expedientes de recursos de competencia de la División;

b)

Verificar el cumplimiento de los presupuestos procesales y desechar los recursos que no los cumplan, de acuerdo con el Decreto 1651 de 1961, el 3288 de 1963 y el 3192 y el 3193 de 1963 y el artículo 24 del Decreto 2821 de 1974, y resolver los recursos de reposición interpuestos contra los autos respectivos cuando sea procedente confirmarlos;

c)

Repartir los expedientes a las Secciones respectivas de la División, de acuerdo con los programas y procedimientos establecidos por la División de Programación y Control y supervisar el movimiento de dichos expedientes;

d)

Llevar el archivo y flujo de documentos conforme a las instrucciones impartidas por la Subdirección de Programación y Desarrollo;

e)

Llevar estadísticas de entrada y salida de documentos, tiempos de proceso y recuperación y las demás que sean necesarias para facilitar la programación y el control;

f)

Notificar las providencias dictadas por la División de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídica, de acuerdo con la ley, y

g)

Informar a los contribuyentes o apoderados sobre el estado de sus negocios y atender el desglose de documentos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 74 de 1976