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Article 52

Decreto 561 de 1989 · Por el cual se expide el régimen jurídico de las Empresas Comunitarias

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuando el INCORA compruebe la violación de las normas que rigen el funcionamiento de la empresa comunitaria o la comisión u omisión de actos en tal forma que se atente contra los intereses de la misma, de sus socios o los de terceros, solicitará la convocatoria a la asamblea general de socios para informar de las anomalías y dará un plazo de 90 días para que se corrijan. Si esta corrección no se hace en el tiempo determinado podrá imponer en su orden las siguientes sanciones

1.

Amonestación escrita.

2.

Conminación por escrito a la empresa.

3.

Solicitud al Ministerio de Agricultura, de la suspensión de la personería jurídica hasta por un término de seis (6) meses.

4.

De persistir la situación, solicitud al Ministerio de Agricultura de la cancelación de la personería jurídica.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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