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Article 3

Los Gastos Que Origine El Mantenimiento De Las Escuelas Industriales, Se Atenderán Con Los Recursos Que Proporcione Anualmente La Ley De Presupuesto Y Con Las Entradas Que Se Obtengan Por Subvenciones, Derechos De Matrícula Y De Títulos, Pensiones, Finanzas De Alumnos Que Se Hagan Efectivas, Productos De Talleres Y Laboratorios, Pérdidas Y Perjuicios De Cargo De Los Alumnos O Del Personal De Empleados, Ventas Varias Y Demás Fondos Provenientes Del Funcionamiento De Cada Escuela O Del Empleo Que Se Dé A Sus Instalaciones

Decreto 506 de 1936 · Por el cual se organiza la enseñanza industrial

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Text of the article

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°. Los gastos que origine el mantenimiento de las escuelas industriales, se atenderán con los recursos que proporcione anualmente la Ley de Presupuesto y con las entradas que se obtengan por subvenciones, derechos de matrícula y de títulos, pensiones, finanzas de alumnos que se hagan efectivas, productos de talleres y laboratorios, pérdidas y perjuicios de cargo de los alumnos o del personal de empleados, ventas varias y demás fondos provenientes del funcionamiento de cada escuela o del empleo que se dé a sus instalaciones. Estas entradas se depositarán en cuentas especiales de las Tesorerías de las Escuelas y su inversión quedará sometida a las disposiciones legales vigentes.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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