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Article 2

Ley 1814 de 2016 · por medio de la cual se adiciona y renueva la estampilla Prodesarrollo Universidad Surcolombiana contenida en la Ley 367 de 1997.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Modifíquese el artículo 3° de la Ley 367 de 1997 , el cual quedará así:

Artículo 3°. Autorícese a la Asamblea Departamental, para que ordenen la emisión de la estampilla “Prodesarrollo de la Universidad Surcolombiana en el departamento del Huila”, cuyo producido se des­tinará al mantenimiento y/o ampliación de la infraestructura física de la Universidad, al igual que para la adecuación de esta con destino al establecimiento de centros de investigación y programas de pregrado y posgrado; financiamiento de programas específicos que tiendan a elevar el nivel científico de la Universidad, equipos de laboratorio, dotación y fortalecimiento de bibliotecas e investigación.

Parágrafo 1

La tarifa que contempla esta ley no podrá exceder el 2% del valor del hecho sujeto al gravamen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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