Los Juegos Deportivos Nacionales son los encuentros de las regiones colombianas. Se realizarán en forma descentralizada, cada cuatro (4) años, atendiendo a la vocación deportiva de las mismas, como iniciación del cielo selectivo y de preparación de los deportistas que representarán al país en competiciones o eventos deportivos internacionales, sin limitaciones de edad, sexo, raza, condición física o social. La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes), previa consulta con el Comité Olímpico Colombiano y las federaciones deportivas nacionales, otorgará las sedes a las ciudades que ofrezcan sus candidaturas y que tengan instalaciones deportivas adecuadas, servicios públicos eficientes y facilidades de alojamiento y comunicación. CAPITULO IV Eventos para los niños.
Decreto 2845 de 1984 →In force
Article 44
Decreto 2845 de 1984 · Por el cual se dictan normas para el ordenamiento del deporte, la educación física y la recreación
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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