JurídicoESEN

Article 5

Decreto 3378 de 2003 · por el cual se reglamenta la conformación de la Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado creadas mediante el Decreto-ley 1750 de 2003.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Para ser miembro de Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado se deberán reunir los siguientes requisitos

1.

Los representantes del sector científico de la salud deben

a)

Poseer título profesional en cualquiera de las disciplinas de la salud y tratándose del representante de las universidades, acreditar la condición de decano de la facultad de ciencias de la salud;

b)

No hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley;

2.

El representante de la Asociación de Usuarios debe

a)

Estar vinculado a una Asociación de Usuarios de Servicios de Salud;

b)

Acreditar una experiencia de trabajo no inferior a un año en un Comité de Usuarios, y

c)

No hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley.

3.

El representante de las Centrales Obreras debe

a)

Acreditar la condición de trabajador sindicalizado, expedida por la Central Obrera respectiva;

b)

No hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3378 de 2003