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Article 9

Los Cursos Regulares Diurnos Se Seguirán De Acuerdo Con El Plan De Estudios Que Se Determina Más Adelante, Y A Ellos Tendrán Acceso Todos Los Aspirantes Que Llenen, Como Condiciones Mínimas, Los Siguientes Requisitos: A) Haber Cursado El Último Año De La Escuela Primaria O Todas Las Asignaturas De Las Escuelas De Alfabetización; B) Tener Una Edad Comprendida Entre Los 14 Y Los 18 Años; C) Comprobar Buena Salud, Mediante El Certificado De Un Médico Graduado, Y D) Haber Observado Buena Conducta En El Último Establecimiento En Que Ha Estado Matriculado

Decreto 1124 de 1948 · por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1947 sobre creación de Escuelas de Artesanos y de Institutos Politécnicos Complementarios para Señoritas.

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01

Text of the article

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°. Los cursos regulares diurnos se seguirán de acuerdo con el plan de estudios que se determina más adelante, y a ellos tendrán acceso todos los aspirantes que llenen, como condiciones mínimas, los siguientes requisitos

a)

Haber cursado el último año de la escuela primaria o todas las asignaturas de las Escuelas de Alfabetización;

b)

Tener una edad comprendida entre los 14 y los 18 años;

c)

Comprobar buena salud, mediante el certificado de un médico graduado, y

d)

Haber observado buena conducta en el último establecimiento en que ha estado matriculado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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