° Para llevar a cabo el recaudo de los empréstitos forzosos impuestos en el Estado de Cundinamarca, el Poder Ejecutivo nombrará por conducto de la Secretaría de Hacienda i Fomento, un Recaudador especial, investido de jurisdiccion coactiva, en cada uno de los lugares en donde hayan funcionado los empleados o Juntas que hubieren repartido los empréstitos.
Article 1
Para Llevar A Cabo El Recaudo De Los Empréstitos Forzosos Impuestos En El Estado De Cundinamarca, El Poder Ejecutivo Nombrará Por Conducto De La Secretaría De Hacienda I Fomento, Un Recaudador Especial, Investido De Jurisdiccion Coactiva, En Cada Uno De Los Lugares En Donde Hayan Funcionado Los Empleados O Juntas Que Hubieren Repartido Los Empréstitos
Decreto 465 de 1877 · Por el cual se reforma el marcado con el número 324, de 30 de mayo del presente año
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