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Article 79

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

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01

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Dirección de Participación Comunitaria. Son funciones de la División de Participación Comunitaria, las siguientes

1.

Desarrollar y responder por la aplicación del sistema integral de participación ciudadana, institucional y descentralizada, con el objeto de fortalecer las relaciones Policía-Comunidad.

2.

Atender y ejecutar la política, a nivel nacional, de acercamiento y solidaridad entre la policía y la comunidad.

3.

Determinar los métodos y procedimientos de atención a los intereses de la comunidad atinentes al servicio de policía y la seguridad ciudadana.

4.

Suministrar la información que requiera la Comisión Nacional de Policía y Participación Ciudadana, para el cumplimiento de sus funciones.

5.

Organizar la División de quejas y reclamos y recepcionar información por conducto de la línea de solidaridad, suministrándola oportunamente a la autoridad competente.

6.

Coordinar y supervisar el funcionamiento de las dependencias de quejas y reclamos, en las unidades operativas policiales.

7.

Coordinar con el Director Docente el desarrollo de programas de ética, liderazgo y participación comunitaria del hombre policía.

8.

Orientar el desempeño del policía en labores, de entrenamiento, salvamento, ayuda ciudadana, vacaciones recreativas, campañas de vacunación, de alfabetización, entre otras.

9.

Programar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de la Policía Cívica a nivel Nacional.

10.

Proponer el desarrollo de programas tendientes a la prevención de faltas y delitos por parte de miembros de la Institución.

11.

Desarrollar planes y programas de educación comunitaria a través de organizaciones cívicas.

12.

Coordinar con el Comisionado Nacional de Policía el trámite de quejas y reclamos que presente la comunidad.

13.

Coordinar y cooperar con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada el desarrollo de programas en esa área en la comunidad.

14.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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