Facultase al Gobierno para aumentar hasta en un treinta por ciento (30%) los sueldos de los empleados del Poder Judicial, que á juicio de aquel deban ser acrecentados, habida consideración á las circunstancias y exigencias de las respectivas localidades.
Exceptúanse de esta disposición los Escribiente de los Juzgados de Circuito, los cuales gozaran en lo sucesivo de la asignación de $ 600 anuales.