ARTICULO 3 º Par te no deducible de los gastos y costos financieros para contribuyentes del impuesto sobre la renta no obligados a aplicar el sistema de ajustes integrales por inflación . Para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios no obligados a aplicar el sistema de ajustes integrales por inflación, no constituye costo ni deducción para el año gravable 1994, de conformidad con el artículo 81 del Estatuto Tributario, el 30.24% de los intereses y demás costos y gastos financieros en que haya incurrido durante el año o período gravable. Cuando se trate de ajuste por diferencia en cambio y de costos o gastos financieros por concepto de deudas en moneda extranjera no constituye costo ni deducción el 64.70% de los mismos.
Decreto 448 de 1994 →In force
Article 3
º Par Te No Deducible De Los Gastos Y Costos Financieros Para Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta No Obligados A Aplicar El Sistema De Ajustes Integrales Por Inflación
Decreto 448 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones
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01
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02
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