º A partir de la fecha, créase el Fondo Rotatorio de las Escuelas Vocacionales o de Trabajo Agrícola, el cual estará compuesto por el producto de las ventas que se encuentre en poder del Contador-Habilitado de Escuelas Vocacionales y Directores de las mismas Escuelas, con los aportes de los Departamentos y Municipios y los créditos a favor del Ministerio de Educación Nacional, por razón de los contratos vigentes con esas entidades.
Article 1
A Partir De La Fecha, Créase El Fondo Rotatorio De Las Escuelas Vocacionales O De Trabajo Agrícola, El Cual Estará Compuesto Por El Producto De Las Ventas Que Se Encuentre En Poder Del Contador-Habilitado De Escuelas Vocacionales Y Directores De Las Mismas Escuelas, Con Los Aportes De Los Departamentos Y Municipios Y Los Créditos A Favor Del Ministerio De Educación Nacional, Por Razón De Los Contratos Vigentes Con Esas Entidades
Decreto 306 de 1945 · Por el cual se crea el Fondo Rotatorio de las Escuelas Vocacionales o de Trabajo Agrario
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