JurídicoESEN

Article 11

Ley 30 de 1944 · por la cual se incrementa e intensifica la instrucción y educación pública primaria, de trabajo y normalista, se acrecienta el Fondo de Fomento Municipal para construcciones y se crea el Fondo Escolar Nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los dineros que integran el Fondo Escolar Nacional, que se crea en virtud de esta ley, no podrá destinarse, ni en todo ni en parte, al cumplimiento del articulo diez (10) de la ley 12 de 1934 , el cual continuara vigente, de manera que la Nación invertirá en la educación publica el diez por ciento (10%) de su Presupuesto general y además el monto total de los ingresos que se arbitran por medio de la presente Ley.

Por tanto, la Cámara de Representantes devolverá al Gobierno el respectivo proyecto de presupuesto que no se ajusten a las disposiciones de este artículo. A su turno, el anteproyecto del Ministerio de Educación Nacional y el presupuesto de gastos definitivos para este Ministerio deberá incluir no menos de un treinta y tres por ciento (33%) con destino a la instrucción primaria y normalista.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 30 de 1944