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Article 35

Ley 134 de 1931 · Sobre sociedades cooperativas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

No obstante las disposiciones .que contienen los dos artículos precedentes, el Poder Ejecutivo queda autorizado para dictar por medio de decretos todas las medidas que estime conducentes a determinar el radio de acción de las cooperativas de crédito; para señalar otras reglas que a su juicio sea conveniente aplicar a esas cooperativas; para fijar o variar el tipo de interés que puedan cobrar en sus operaciones; para señalarles plazo y otras condiciones de seguridad y de conveniencia en sus operaciones; y, en general, para estatuir modalidades o condiciones nuevas para el establecimiento y funcionamiento de las cooperativas de que se trata en los distintos ramos del crédito a que se dediquen.

Sección 3ª

De la constitución de las cooperativas

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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