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Article 4

Para Ingresar El Curso Superior De Estado Mayor, Los Oficiales De Las Fuerzas Militares Deberán Cumplir Los Siguientes Requisitos: A

Decreto 2327 de 1966 · Por el cual se reglamentan disposiciones del Decreto legislativo número 1668 de 1966

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01

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° Para ingresar el Curso Superior de Estado Mayor, los Oficiales de las Fuerzas Militares deberán cumplir los siguientes requisitos

a)

Tener el grado de Mayor o Teniente Coronel o sus equivalentes en la Armada.

b)

No haber habilitado ninguna asignatura en el Curso de Estado Mayor, ni obtenido notas inferiores a 80 sobre 100 en el computo general y 70 sobre 100 en cada una de las materias cursadas.

c)

Estar clasificado en lista número 1 ó 2.

d)

Solicitud escrita del interesado.

e)

Concepto favorable del respectivo Comandante de Fuerza y aprobación del Comandante General de las Fuerzas Militares.

Parágrafo

Los Oficiales de los Servicios en las especialidades de Justicia, Veterinaria, Ingeniería, Agricultura, Química y Física, requieren para ingresar al Curso Superior de Estado Mayor, haber realizado la Segunda Fase del Curso de Estado Mayor previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para ello y que no haya habilitado ninguna asignatura, ni obtenido notas inferiores a las especificadas en el literal b) del presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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