°. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público proveerá al Consulado Central de la República, en Nueva York, de estampillas de timbre nacional, de edición especial de Servicio Exterior, para la recaudación de los derechos consulares. Las especificaciones de tales especies serán fijadas por dicho Ministerio, así como sus denominaciones, que se establecerán en pesos colombianos.
Article 1
El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Proveerá Al Consulado Central De La República, En Nueva York, De Estampillas De Timbre Nacional, De Edición Especial De Servicio Exterior, Para La Recaudación De Los Derechos Consulares
Decreto 732 de 1943 · Reglamentario del Decreto 1051 de 1942, por el cual se modifica el parágrafo del artículo 3º De la Ley2a de 1936, se dictan disposiciones sobre recaudación de derechos consulares y se adicional a la Ley 69 de 1930
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