DEL TIEMPO PARA SOLICITAR LA TARJETA PROFESIONAL DE LOS SECRETARIOS (AS) CERTIFICADOS (AS). Los Secretarios (as) no titulados (as), una vez obtenida la certificación de la Junta Nacional o Seccional podrán solicitar del Ministerio de Educación Nacional la expedición de la tarjeta profesional, dentro del término previsto en el artículo 14 de la Ley 9º de 1984.
Una vez vencido ese término no se expedirán certificaciones para los secretarios (as) no titulados.