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Article 323

Para Ser Magistrado O Fiscal Del Tribunal Superior Militar, Se Requiere Ser Abogado Graduado, Colombiano De Nacimiento, Ciudadano En Ejercicio, Tener Más De Treinta Años, Gozar De Buena Reputación, Y, Además, Llenar Por Lo Menos Uno De Los Siguientes Requisitos: 1º Haber Sido Magistrado Fiscal Del Tribunal Superior Por Un Tiempo No Menor De Dos Años; 2º Haber Sido Auditor Superior O Auditor Principal Por Más De Dos Años; 3º Ser Oficial De Las Fuerzas Armadas Con Título De Abogado, Obtenido Por Lo Menos Cuatro Años Antes De La Elección Y Haber Desempeñado Cargos Dentro De La Organización De La Justicia Castrense Por No Menos De Dos Años

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para ser Magistrado o Fiscal del Tribunal Superior Militar, se requiere ser Abogado graduado, colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de treinta años, gozar de buena reputación, y, además, llenar por lo menos uno de los siguientes requisitos: 1º Haber sido Magistrado Fiscal del Tribunal Superior por un tiempo no menor de dos años; 2º Haber sido Auditor Superior o Auditor Principal por más de dos años; 3º Ser Oficial de las Fuerzas Armadas con título de Abogado, obtenido por lo menos cuatro años antes de la elección y haber desempeñado cargos dentro de la organización de la Justicia Castrense por no menos de dos años.

Parágrafo

Se exceptúa de lo dispuesto en este artículo al Comandante General de las Fuerzas Armadas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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