º Para el año gravable de 1975, los contribuyentes podrán acogerse a la opción de llevar a cinta magnética la totalidad o parte de la información mencionada en el artículo 3º con las características y diseños, establecidos, en los artículos 4º a 7º en cuyo caso quedaran dispensados del requisito de adicionar su declaración de renta con esta información, si aún no lo han hecho. Si se acogen a esta acción, tendrán plazo hasta el 28 de febrero de 1977 para tener la cinta a disposición de la, Dirección General de Impuestos Nacionales Dentro del período de adiciones, se dirigirán por escrito a la administración de su domicilio para anunciar que no presentan los anexos por haberse acogido a la opción establecida por este artículo.
Article 9
Para El Año Gravable De 1975, Los Contribuyentes Podrán Acogerse A La Opción De Llevar A Cinta Magnética La Totalidad O Parte De La Información Mencionada En El Artículo 3º Con Las Características Y Diseños, Establecidos, En Los Artículos 4º A 7º En Cuyo Caso Quedaran Dispensados Del Requisito De Adicionar Su Declaración De Renta Con Esta Información, Si Aún No Lo Han Hecho
Decreto 2265 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2821 de 1974
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