Acuerdos operacionales e intervención del Ministerio de Minas y Energía. El Ministerio de Minas y Energía, dentro del término de veinticuatro (24) meses contados a partir del 26 de diciembre de 2013, revisará y ajustará las normas que establecen el procedimiento, términos y condiciones que deberán observar los titulares mineros y los contratistas de hidrocarburos para llevar a cabo acuerdos operacionales ante la existencia de superposición parcial o total en las actividades de exploración y explotación de recursos naturales no renovables de manera concurrente, así como la intervención de la citada Entidad en estos eventos. En consecuencia, hasta tanto se expida la normatividad pertinente continuarán siendo aplicables las disposiciones que regulan los mencionados procedimientos. (Decreto 3004 de 2013, artículo 4°, modificado por el Decreto 2638 artículo 1°)
Decreto 1073 de 2015 →In force
Article 2.2.1.1.1.4
Acuerdos Operacionales E Intervención Del Ministerio De Minas Y Energía
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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