JurídicoESEN

Article 22

Subdirección Jurídica

Decreto 246 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Subdirección Jurídica . Son funciones de la Subdirección Jurídica de la Dirección Administrativa, las siguientes

1.

Dirigir y coordinar las labores de los abogados para la oportuna y eficiente representación y defensa de los intereses de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los procesos de carácter laboral y mantener actualizado el registro de los procesos que sean atendidos por la dependencia.

2.

Tramitar el llamamiento en garantía y las acciones de repetición a que haya lugar, en causas de derecho administrativo laboral o las que le sean delegadas.

3.

Asesorar y dar soporte a las Subdirecciones de la Dirección Administrativa en lo relacionado con asuntos de su competencia.

4.

Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas, derechos de petición, tutelas, consultas y demás acciones jurídicas relacionadas con la administración de personal, contratación administrativa y cobro persuasivo a favor de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

5.

Liquidar y ordenar el pago de las sentencias y conciliaciones en contra de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

6.

Dirigir y controlar las actividades tendientes al cobro de créditos a favor de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público de conformidad con las normas que rigen la jurisdicción coactiva.

7.

Llevar a cabo las diligencias preliminares y dictar los actos y providencias tendientes a la ejecución del cobro de los créditos a favor de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

8.

Efectuar las liquidaciones de los créditos a favor de la Nación y costas de los procesos de jurisdicción coactiva del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

9.

Coordinar la elaboración de los términos de referencia o pliegos de condiciones para las licitaciones, concursos y contrataciones directas que lo requieran.

10.

Elaborar los contratos que requiera el Ministerio, y velar por su perfeccionamiento y legalización, con excepción de los de competencia de otras dependencias de este Ministerio.

11.

Certificar la suscripción, legalización y vigencia de los contratos.

12.

Liquidar los contratos dentro del plazo establecido.

13.

Definir el plan de acción de la dependencia, efectuar el seguimiento a su ejecución y evaluar los resultados.

14.

Coordinar la recopilación y actualización de normas, jurisprudencia y doctrina jurídica sobre contratación estatal, derecho administrativo laboral y jurisdicción coactiva.

15.

Coordinar la actualización de los procedimientos, guías y manuales propios de la Subdirección.

16.

Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

17.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 246 de 2004