Régimen general . Las concesiones, autorizaciones y permisos que se confieran relacionadas con actividades de telecomunicaciones darán lugar al pago de las contraprestaciones establecidas en est e título. A partir de la ejecutoria del acto administrativo que contenga la licencia o autorización, según sea el caso, surge para el licenciatario la obligación de pagar la contraprestación establecida y el correlativo derecho de la autoridad concedente a exigir su pago, conforme a las disposiciones establecidas en este régimen unificado de contraprestaciones. No obstante lo anterior, los cambios generados por error del Ministerio de Comunicaciones o por interferencias, no imputables al concesionario, no darán lugar al pago de contraprestaciones adicionales a las fijadas para la autorización inicial que se confiera.
Decreto 1972 de 2003 →In force
Article 41
Decreto 1972 de 2003 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los trámites para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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