º A contar del 1.º de Enero próximo en adelante los Rectores y Directores de establecimientos de educación públicas, ya sea primaria, secundaria ó profesional, abrirán un libro de entradas y salidas de los muebles, textos, gabinetes, laboratorios, útiles y enseres destinados al servicio de los respectivos planteles. Para abrir dicho libro procederán á levantar, quince días después de conocido el presente Decreto, un inventario minucioso de tales efectos, haciendo constar el estado en que se encuentren; inventario que debe ser visado por el respectivo Inspector en cuanto á las Escuelas primarias; por el Director de Instrucción Pública, en cuanto á los institutos de enseñanza secundaria y profesional existentes fuéra de la capital de la República, y por el Ministro de Instrucción Pública en cuanto á los institutos de educación secundaria y profesional que existan en la capital.
Decreto 437 de 1909 →In force
Article 1
A Contar Del 1
Decreto 437 de 1909 · Sobre responsabilidad relativa a los mobiliarios, útiles, textos, laboratorios, gabinetes, etc., destinados a la instrucción pública
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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