JurídicoESEN

Article 33

De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 53 Del Estatuto Tributario, Los Pagos O Abonos En Cuenta Por Concepto De Servicios Técnicos Y De Asistencia Técnica Prestados Por Personas No Residentes O No Domiciliadas En Colombia, Desde El Exterior, No Están Sometidos Ni Al Impuesto De Renta Ni Al Complementario De Remesas

Decreto 971 de 1993 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de Zonas Francas y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Estatuto Tributario, los pagos o abonos en cuenta por concepto de servicios técnicos y de asistencia técnica prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia, desde el exterior, no están sometidos ni al impuesto de renta ni al complementario de remesas. Bajo las mismas condiciones, si tales servicios son prestados en el país, los pagos respectivos están sometidos únicamente a retención en la fuente por concepto del impuesto de renta. TITULO II Usuarios operadores y desarrolladores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 971 de 1993