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Article 5

º

Decreto 77 de 1994 · Por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos técnicos-científicos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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ARTICULO 5 º. De los requisitos del investigador asociado. Son requisitos para ingresar o ser promovido a la categoría de Investigador Asociado los siguientes

a)

Acreditar las calidades señaladas para ocupar el cargo de Investigador Asistente.

b)

Poseer grado de Magister o en su defecto, diploma de especialista y haber sido investigador asistente en el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" por un período no inferior a ocho (8) años;

c)

Presentar un trabajo de investigación para acceder a esta categoría;

d)

Acreditar uno de los siguientes requisitos adicionales: - Haber sido Investigador Asistente en el Instituto por un período no inferior a dos (2) años, o - Haber desempeñado, por un término no inferior a cuatro (4) años, funciones de docencia o investigación en establecimientos de investigación o de educación superior legalmente establecidos, o - Tener experiencia profesional no inferior a nueve (9) años, debidamente comprobada en labores relacionadas con las actividades del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", estipuladas en el artículo 1º.

Parágrafo

Cuando se posea título de doctor los tiempos estipulados en este artículo se reducen a lamitad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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