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Article 2.2.7.4.1.1

Categorías Tarifarias Para Los Servicios Sociales De Las Cajas De Compensación Familiar

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

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Categorías tarifarias para los servicios sociales de las cajas de compensación familiar. Se establecen las siguientes categorías tarifarias con base en el nivel salarial: 1. Categoría A. Hasta 52,63 UVT. 2. Categoría B. Más de 52,63 UVT y hasta 105,25 UVT. 3. Categoría C. Más de 105; 25 UVT. 4. Categoría D. Particulares. Categoría de no afiliado a la Caja.

Parágrafo 1

Las Cajas de Compensación Familiar en la Categoría C podrán estable­cer tarifas diferenciales no subsidiadas de acuerdo al nivel de ingresos familiares.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.7.4.1.1. Categorías tarifarias para los servicios sociales de las cajas de compensación familiar. Se establecen las siguientes categorías tarifarias con base en el nivel salarial:

1.

Categoría A. Hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

2.

Categoría B. Más de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

3.

Categoría C. Más de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.

4.

Categoría D. Particulares. Categoría de no afiliado a la Caja.

Parágrafo 1

Las Cajas de Compensación Familiar en la Categoría C podrán estable­cer tarifas diferenciales no subsidiadas de acuerdo al nivel de ingresos familiares.

(Decreto número 827 de 2003, artículo 5°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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