º. Deberes de la Instancia de Alto Nivel de Gobierno. Los miembros de la Instancia de Alto Nivel de Gobierno y toda otra entidad estatal informarán a la Secretaría Técnica de aquella sobre los hechos que pudieran generar controversias internacionales de inversión, en el término de ocho (8) días contados a partir de la fecha en la que hayan conocido de los mismos, mediante comunicación escrita o mensaje de datos. Con sujeción a las normas vigentes, quienes participen en la Instancia de Alto Nivel de Gobierno o en el grupo de apoyo intersectorial de que trata el artículo noveno del presente decreto, estarán obligados a guardar confidencialidad y no divulgar la información conocida con ocasión de dicha participación, las deliberaciones y decisiones que se surtan al interior de la Instancia de Alto Nivel de Gobierno, así como de la estrategia de defensa del Estado, so pena de incurrir en sanción disciplinaria.
Decreto 1859 de 2012 →In force
Article 5
Deberes De La Instancia De Alto Nivel De Gobierno
Decreto 1859 de 2012 · por el cual se reglamenta la atención de controversias internacionales de inversión y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.