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Article 7

º

Decreto 1461 de 1996 · por el cual se organiza el Fondo Nacional para la Denfesa de la Libertad Personal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Funciones del Consejo Directivo . Son funciones del Consejo Directivo de Fondelibertad

a)

Definir políticas, estrategias y procedimientos generales bajo los cuales operará administrativa y financieramente el Fondo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º de este Decreto;

b)

Aprobar el anteproyecto de presupuesto del Fondo para su trámite correspondiente;

c)

Adoptar y examinar los indicadores de gestión del Fondo;

d)

Expedir el reglamento interno del Fondo, señalando de manera especial las disposiciones sobre programación del gasto y ejecución de los recursos del mismo, teniendo en cuenta las reglamentaciones que para la administración de Fondelibertad. adopte y expida el Conase;

e)

Señalar los criterios para la contratación del recurso humano necesario para atender las operaciones del Fondo y establecer los lineamientos generales para la remuneración de los servicios personales, todo de acuerdo con la disposiciones generales que al respecto contempla este Decreto;

f)

Proponer al Gobierno Nacional reformas de este Reglamento, con el voto favorable del Presidente del Consejo y previa consulta con el Conase, y

g)

Crear los grupos de trabajo o comités necesarios para la correcta operación del Fondo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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