°. El Síndico de Lazaretos de Cundinamarca continuará cubriendo los gastos para los cuales está autorizado por disposiciones vigentes, y los demás que sean considerados como urgentes por la Junta Central de Higiene; quedan igualmente autorizados los Administradores de Hacienda para pagar los que demande la conducción de los leprosos a los Lazaretos, de acuerdo con la Resolución número 24 de 1911. y los de Cúcuta y Quibdó para verificar pagos de la misma naturaleza, así como también el de las raciones de los leprosos asilados en los Lazaretos de Maracaibo y el alto Andágueda.
Article 5
El Síndico De Lazaretos De Cundinamarca Continuará Cubriendo Los Gastos Para Los Cuales Está Autorizado Por Disposiciones Vigentes, Y Los Demás Que Sean Considerados Como Urgentes Por La Junta Central De Higiene; Quedan Igualmente Autorizados Los Administradores De Hacienda Para Pagar Los Que Demande La Conducción De Los Leprosos A Los Lazaretos, De Acuerdo Con La Resolución Número 24 De 1911
Decreto 213 de 1915 · Por el cual se modifica y adiciona el expedido bajo el número 1480 de 1914 (23 de diciembre)
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Constitutional history
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