Procedimiento. Para garantizar el derecho de defensa y la eficacia del debido proceso, en la aplicación de las sanciones contempladas en la presente Sección, se tendrá en cuenta el procedimiento previsto en los artículos 50 y 51 de la Ley 336 de 1996 o normas posteriores que la modifiquen o sustituyan.
El pago de la multa dentro del término de traslado, dará derecho a rebajarla en un cincuenta (50%) por ciento.
(Decreto 2762 de 2001, artículo 18).