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Article 32

Medidas Cautelares Previas

Ley 2540 de 2025 · por medio de la cual se introduce la modalidad de arbitraje para procesos ejecutivos, con el objetivo de contribuir a la descongestión del sistema judicial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cualquiera de las partes, con anterioridad a la instalación del tribunal, podrá solicitar al centro de arbitraje competente para adelantar el proceso arbitral que nombre un árbitro para decretar y practicar medidas cautelares, de acuerdo con el procedimiento de la presente ley.

El árbitro de medidas cautelares previas estará facultado para dar por terminada la actuación por el pago total de la obligación o por los medios anormales de terminación del proceso, señalados en el Código General del Proceso, siempre que el tribunal arbitral ejecutivo no se hubiere instalado. En estos eventos, podrá declarar causado el 100% de sus honorarios y de los gastos administrativos del Centro.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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