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Article 8

Planes De Desarrollo Sectoriales

Ley 2068 de 2020 · por la cual se modifica la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones

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Text of the article

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Los Planes Sectoriales de Desarrollo Turístico de los que trata el artículo 17 de la Ley 300 de 1996 deberán incluir las políticas y disposiciones inherentes a la conservación, preservación y restauración de los bienes públicos declarados atractivos turísticos, en especial aquellos que se encuentren en los municipios que hagan parte de la red de pueblos patrimonio, así como un plan de acción de turismo sostenible que contenga una estrategia para manejar integralmente los impactos ambientales de la actividad turística en los territorios y velar por la sostenibilidad de los destinos turísticos.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo desarrollará y socializará a las entidades territoriales los lineamientos para la elaboración de dichos planes, de conformidad con las políticas, planes y proyectos nacionales de sostenibilidad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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