Los Centros Comerciales de Enseñanza Media y los Institutos Técnicos de Bachillerato Comercial podrán organizar cursos de capacitación individual, con la finalidad de proporcionar adiestramiento en cualquiera de las materias de la enseñanza comercial. Para el funcionamiento de ellos el Ministerio de educación, o la autoridad delegada que sea del caso, dará la respectiva autorización. Sin embargo, el Ministerio se obtendrá de impartir aprobación a dichos cursos de capacitación, por lo cual no podrán expedir diploma ni título alguno, sino, únicamente, la certificación, en papel sellado, de las materias en que el alumno ha obtenido el adiestramiento.
Decreto 2117 de 1962 →In force
Article 11
Los Centros Comerciales De Enseñanza Media Y Los Institutos Técnicos De Bachillerato Comercial Podrán Organizar Cursos De Capacitación Individual, Con La Finalidad De Proporcionar Adiestramiento En Cualquiera De Las Materias De La Enseñanza Comercial
Decreto 2117 de 1962 · Por el cual se determina el plan de estudios para el Bachillerato Técnico Comercial, y se dictan otras disposiciones sobre educación media comercial
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01
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02
Constitutional history
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