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Article 5

Nivel Coordinador Nacional

Decreto 2358 de 1981 · por el cual se coordina el Sistema Nacional de Rehabilitación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º Nivel Coordinador Nacional . La coordinación de las decisiones adoptadas por la autoridad competente será efectuada por el Consejo Coordinador Nacional integrado por

a)

El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Salud, quien lo presidirá;

b)

El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Justicia;

c)

El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

d)

El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Educación Nacional;

e)

El Jefe de la Unidad de Desarrollo Social de Planeación Nacional;

f)

El Jefe de la Oficina de Planeación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar;

g)

El Jefe de la División de Rehabilitación del Ministerio de Justicia;

h)

El Director General del Servicio Nacional de Empleo "Senalde" del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

i)

El Jefe de la Sección de Rehabilitación del Ministerio de Salud;

j)

El Jefe de Educación Especial del Ministerio de Educación Nacional;

k)

El Jefe de la División de Protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Parágrafo

Actuará como Secretario de este nivel, el Jefe de la División de Salud de Planeación Nacional

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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