JurídicoESEN

Article 24

Decreto 88 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Funciones . La Dirección de Educación Física, Deporte y Juventud cumple, además de las funciones establecidas en el artículo 64 de la Ley 489 de 1998, las siguientes

1.

Diseñar y formular las políticas de fomento y fijar los propósitos y orientaciones para el desarrollo de la educación física, el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, en coordinación con el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.

2.

Coordinar el diseño y la ejecución de planes y programas para promover el mejoramiento de las condiciones y el bienestar de los jóvenes, su formación integral y su mayor y mejor participación activa en el desarrollo del país.

3.

Coordinar con la Dirección de Educación Media, Técnica y Continuada, el desarrollo y el fomento a la formación práctica para el trabajo y la vinculación del joven a la vida económica.

4.

Proponer mecanismos para

a)

Fortalecer la capacidad institucional de atención a la juventud, tanto en el nivel central como en el regional;

b)

Estimular la formación para la participación de la juventud en las decisiones que la afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;

c)

Ampliar las oportunidades de los jóvenes para mejorar su formación integral y su calidad de vida, mediante el apoyo a programas de educación sexual, turismo, recreación juvenil, prevención del alcoholismo y la drogadicción, fomento del deporte, la recreación y el aprovechamiento del uso del tiempo libre;

d)

Propiciar programas que busquen la excelencia académica y científica de la juventud;

e)

Facilitar a los estudiantes su asistencia y participación en eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo.

5.

Asesorar a las instituciones estatales y privadas, en relación con su competencia, para promover actividades en pro de la educación física, la juventud, el deporte y la recreación.

6.

Velar, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio, por la inclusión en los planes de desarrollo nacionales y territoriales, de programas de fomento a las actividades de la juventud, al bienestar estudiantil, la educación física, el deporte y la recreación.

7.

Participar en la elaboración del Plan Nacional del Deporte, la Recreación, el Aprovechamiento del Tiempo Libre y la Educación Física, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los principios del deporte y la recreación como derechos sociales.

8.

Contribuir en la formulación de lineamientos curriculares en el área y programas de educación física en la educación formal y no formal.

9.

Promover en coordinación con Coldeportes, la investigación científica de la educación física, del deporte y de la recreación.

10.

Las demás que le fijen las leyes y reglamentos. SECRETARIA GENERAL

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 88 de 2000