Para los efectos de la subordinación a los planes y controles del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes desarrollarán conforme a un orden de prioridades señalado anualmente por su Director, las políticas sobre educación física, deporte, recreación y espectáculos deportivos en la medida de su capacidad económica y técnica. Cuando se trate de programas considerados por el Gobierno o por Coldeportes, como de interés nacional, su cumplimiento será obligatorio.
Article 22
Para Los Efectos De La Subordinación A Los Planes Y Controles Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte, Las Juntas Administradoras Seccionales De Deportes Desarrollarán Conforme A Un Orden De Prioridades Señalado Anualmente Por Su Director, Las Políticas Sobre Educación Física, Deporte, Recreación Y Espectáculos Deportivos En La Medida De Su Capacidad Económica Y Técnica
Decreto 839 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 49 de 1983
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