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Article 4

Responsabilidades De Los Deportistas

Decreto 900 de 2010 · por medio de la cual se da cumplimiento a la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte aprobada por la Conferencia General de la Unesco el 19 de octubre de 2005 en París, adoptada por Colombia mediante la Ley 1207 de 2008, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Responsabilidades de los deportistas. Los deportistas son responsables de

a)

Colaborar con la Organización Nacional Antidopaje.

b)

Conocer, respetar y cumplir las políticas antidopaje, el Código Mundial Antidopaje y las demás normas antidopaje vigentes.

c)

Responsabilizarse, en el contexto de la lucha antidopaje, de lo que ingieren y usan.

d)

Informar al personal médico, la obligación de no usar sustancias y métodos prohibidos en los tratamientos que reciba.

e)

Respetar y permitir los procesos de control antidopaje que se efectúen.

f)

Informar a la Organización Nacional Antidopaje sobre la comisión de las infracciones antidopaje indicadas en el artículo segundo numeral tercero de la Convención Internacional contra el dopaje en el Deporte, adoptada por la Ley 1207 de 2008.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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