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Article 3

Para El Cumplimiento De Sus Objetivos, La Empresa Podrá Desarrollar, Entre Otras, Las Siguientes Actividades: A) Adquirir, Enajenar, Arrendar Y Gravar Bienes Inmuebles Y Muebles; B) Construir Mejoras En Las Líneas Existentes, Así Como Talleres, Muelles, Puentes, Almacenes, Estaciones Y Demás Instalaciones Útiles A Sus Fines; C) Previa La Aprobación Del Gobierno Nacional, Construir Por Si Misma O Por Delegación, Nuevas Líneas Férreas Y Abandonar Parte De Las Existentes; D) Celebrar Toda Clase De Contratos, Incluyendo Contratos Por Servicios Jurídicos, Económicos O De Ingeniería; E) Propender El Desarrollo De Parques Industriales O De Empresas Que Promuevan El Tráfico Ferroviario; F) Suscribir Acciones O Participar Como Socio En Empresas O Entidades Que Persigan Finalidades Semejantes O Complementarias A Las Suyas, U Otorgarles Créditos, Siendo Necesaria La Autorización Del Gobierno Conforme Lo Dispone El Artículo 29 Del Decreto 1050 De 1968; G) Tomar Dinero En Préstamo Con O Sin Garantía De Sus Bienes; Emitir Bonos Para Su Financiación; Girar, Endosar, Aceptar, Protestar, Cancelar, Pagar Y Recibir Cheques, Letras De Cambio, Pagarés, O Cualquier Otra Clase De Instrumentos Negociables O No Negociables, Y En General, Celebrar El Contrato Comercial De Cambio En Todas Sus Manifestaciones, Así Como Celebrar Negocios De Toda Índole Con Entidades Bancarias Y De Crédito; H) Fijar Las Tarifas Que Deban Cobrarse Por Los Servicios Que Preste, Procurando Que Ellas Cubran Todos Los Costos Y Contribuyan Al Mantenimiento Del Capital De Trabajo Necesario Y, En Lo Posible, A La Renovación De Instalaciones Y Equipo; I) Celebrar Toda Clase De Contratos Para El Intercambio De Pasajeros Y Carga Y Para El Uso De Vías Y Demás Propiedades Con Otras Empresas Ferroviarias; J) Las Demás Que, Correspondiendo A Su Objeto, Sean Necesarias Al Buen Cumplimiento Del Mismo

Decreto 1242 de 1970 · Por el cual se aprueba el Estatuto Orgánico de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia

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01

Text of the article

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° Para el cumplimiento de sus objetivos, la Empresa podrá desarrollar, entre otras, las siguientes actividades

a)

Adquirir, enajenar, arrendar y gravar bienes inmuebles y muebles;

b)

Construir mejoras en las líneas existentes, así como talleres, muelles, puentes, almacenes, estaciones y demás instalaciones útiles a sus fines;

c)

Previa la aprobación del Gobierno Nacional, construir por si misma o por delegación, nuevas líneas férreas y abandonar parte de las existentes;

d)

Celebrar toda clase de contratos, incluyendo contratos por servicios jurídicos, económicos o de ingeniería;

e)

Propender el desarrollo de parques industriales o de empresas que promuevan el tráfico ferroviario;

f)

Suscribir acciones o participar como socio en empresas o entidades que persigan finalidades semejantes o complementarias a las suyas, u otorgarles créditos, siendo necesaria la autorización del Gobierno conforme lo dispone el artículo 29 del Decreto 1050 de 1968;

g)

Tomar dinero en préstamo con o sin garantía de sus bienes; emitir bonos para su financiación; girar, endosar, aceptar, protestar, cancelar, pagar y recibir cheques, letras de cambio, pagarés, o cualquier otra clase de instrumentos negociables o no negociables, y en general, celebrar el contrato comercial de cambio en todas sus manifestaciones, así como celebrar negocios de toda índole con entidades bancarias y de crédito;

h)

Fijar las tarifas que deban cobrarse por los servicios que preste, procurando que ellas cubran todos los costos y contribuyan al mantenimiento del capital de trabajo necesario y, en lo posible, a la renovación de instalaciones y equipo;

i)

Celebrar toda clase de contratos para el intercambio de pasajeros y carga y para el uso de vías y demás propiedades con otras empresas ferroviarias;

j)

Las demás que, correspondiendo a su objeto, sean necesarias al buen cumplimiento del mismo.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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