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Article 40

Notificaciones Ante El Comité De Salvaguardias

Decreto 152 de 1998 · por el cual se establecen los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general, salvaguardia de transición para productos comprendidos en el acuerdo sobre textiles y el vestido y, salvaguardia especial para productos agropecuarios.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Notificaciones ante el Comité de salvaguardias. El Ministerio de Comercio Exterior, deberá notificar al Comité de salvaguardias de la OMC

a)

La apertura de una investigación;

b)

La constatación sobre la existencia de daño grave o amenaza de daño grave;

c)

La decisión del Gobierno Nacional de aplicar o prorrogar una medida de salvaguardia. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la decisión correspondiente, el Ministerio de Comercio Exterior enviará copia del acto administrativo mediante el cual se adopte o prorrogue la medida de salvaguardia acompañado de información adicional donde consten las pruebas de daño grave o amenaza de daño grave causados por el aumento de las importaciones; la medida propuesta, la fecha para su introducción, la duración prevista y el calendario para su liberación progresiva. En caso de prórroga, también facilitará pruebas de que la rama de la producción nacional está en proceso de ajuste;

d)

La decisión del Gobierno Nacional de adoptar una medida provisional, que deberá ser notificada con anterioridad a su adopción;

e)

Los resultados de las consultas de que tratan los artículos 26 y 39 de este decreto y cuando a ello haya lugar, las compensaciones que se acuerden, las suspensiones previstas de concesiones y otras obligaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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