°. El presente decreto rige a partir de la fecha en que la Secretaría General de la Aladi comunique a las Partes Signatarias la recepción de la última de las comunicaciones mediante las cuales dichas Partes Signatarias notifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en sus respectivos ordenamientos jurídicos, para la entrada en vigor del "Protocolo", previa su publicación en el Diario Oficial . Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Article 3
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha En Que La Secretaría General De La Aladi Comunique A Las Partes Signatarias La Recepción De La Última De Las Comunicaciones Mediante Las Cuales Dichas Partes Signatarias Notifiquen El Cumplimiento De Los Requisitos Establecidos En Sus Respectivos Ordenamientos Jurídicos, Para La Entrada En Vigor Del "protocolo", Previa Su Publicación En El Diario Oficial
Decreto 1872 de 2012 · por el cual se da aplicación provisional a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 59 suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador, y de la República Bolivariana de Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina
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