JurídicoESEN

Article 12

Decreto 2798 de 1994 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

PERSONAS JURIDICAS-FORMULARIO SOCIEDADES. Por el año gravable de 1994 deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial, los fondos de inversión de capital extranjero, diferentes a las calificadas como grandes contribuyentes, en el formulario DIAN 77.001.94. Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y para cancelar en dos cuotas iguales el valor a pagar por concepto de impuesto de renta y la contribución especial y los anticipos, se inician el 1º de marzo de 1995 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación atendiendo al último dígito del Nit del declarante, así: SI EL ULTIMO DIGITO ES: DECLARACION Y PAGO 1º CUOTA PAGO 2º CUOTA 1 o 2 8 de mayo/95 10 de julio/95 3 o 4 15 de mayo/95 17 de julio/95 5 o 6 22 de mayo/95 24 de julio/95 7 u 8 30 de mayo/95 31 de julio/95 9 o 0 5 de junio/95 8 de agosto/95

Parágrafo

Las sociedades extranjeras o personas naturales no residentes en el país que presten en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial entre lugares colombianos o extranjeros, podrán presentar la declaración de renta y complementarios por el año gravable de 1994 y cancelar, en una sola cuota, el impuesto a cargo y la contribución especial en ella determinados, hasta el 31 de octubre de 1995, cualquiera sea el último dígito de su número de identificación tributaria Nit.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2798 de 1994