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Article 2.3.2.2.2.9

Nueva Práctica Del Examen Médico De Aptitud Psicofísica Para El Porte Y Tenencia De Armas De Fuego

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Nueva práctica del examen médico de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego. Los trabajadores vinculados a los servicios de vigilancia y seguridad privada, esto es, vigilantes, escoltas y supervisores, que obtuvieron en su examen médico de aptitud psicofísica resultado de no apto para el porte y tenencia de armas de fuego, tendrán derecho a que se les practique un nuevo examen médico en una institución especializada diferente de aquella que inicialmente emitió el certificado de no apto. El trabajador podrá realizarse el nuevo examen en un periodo no inferior a un mes.

En el certificado se deberá indicar lo aquí dispuesto.

Parágrafo

La realización del nuevo examen médico de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego será asumida por las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y no generará ningún valor a pagar por parte del trabajador, ni para el prestador de servicios de vigilancia y seguridad privada al cual éste se encuentre vinculado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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