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Article 1

Son Agentes Representantes De Firmas Nacionales O Extranjeras, Las Personas Naturales O Jurídicas Capaces Legalmente Para Ejercer El Comercio, Que Toman A Su Cargo La Gestión De Uno O Más Negocios Lícitos De Comercio En El Territorio Nacional Mediante Un Contrato De Mandato Comercial

Decreto 467 de 1963 · Por el cual se reglamenta la actividad de los agentes representantes de firmas nacionales y extranjeras

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Text of the article

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º. Son agentes representantes de firmas nacionales o extranjeras, las personas naturales o jurídicas capaces legalmente para ejercer el comercio, que toman a su cargo la gestión de uno o más negocios lícitos de comercio en el territorio nacional mediante un contrato de mandato comercial.

Parágrafo

Todo agente representante, cualquiera que sea su nacionalidad, deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio de la Cámara de Comercio de su domicilio, para realizar en Colombia actividades de representante legal de firmas nacionales o extranjeras.

02

Constitutional history

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